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DEFENSA DE LOS DERECHOS E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

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REFORMA DEL ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, DE 15 DE FEBRERO DE 2024

[/vc_column_text][vc_column_text]Artículo 49. 1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio. 2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad. Jefatura del Estado Boletín Oficial del Estado (BOE) 2024[/vc_column_text][dt_default_button link="url:https%3A%2F%2Fwww.consaludmental.org%2Fpublicaciones%2FReforma-constitucion-articulo-49-boe.pdf|title:CENTRO%20DE%20DOCUMENTACI%C3%93N|target:_blank" button_alignment="btn_inline_right"]DESCARGAR[/dt_default_button][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width="1/4"][vc_btn title="VOLVER A LEGISLACIÓN" style="gradient-custom" gradient_custom_color_1="#ffffff" gradient_custom_color_2="#ffffff" gradient_text_color="#005b50" shape="square" align="center" i_icon_fontawesome="fa fa-chevron-circle-left" add_icon="true" link="url:https%3A%2F%2Fconsaludmental.org%2Fcentro-de-documentacion%2Fdefensa-de-los-derechos-e-igualdad-de-oportunidades%2Flegislacion%2F|title:LEGISLACI%C3%93N||"][/vc_column][vc_column width="1/4"][/vc_column][vc_column width="1/4"][/vc_column][vc_column width="1/4"][/vc_column][/vc_row] [post_title] => Reforma del artículo 49 de la Constitución Española, de 15 de febrero de 2024 [post_excerpt] => Texto íntegro de la reforma constitucional aprobada recientemente para el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad. [post_status] => publish [comment_status] => closed [ping_status] => open [post_password] => [post_name] => reforma-articulo-49-constitucion-boe [to_ping] => [pinged] => [post_modified] => 2024-02-20 12:55:52 [post_modified_gmt] => 2024-02-20 11:55:52 [post_content_filtered] => [post_parent] => 0 [guid] => https://consaludmental.org/?p=121564 [menu_order] => 0 [post_type] => post [post_mime_type] => [comment_count] => 0 [filter] => raw )

DEFENSA DE LOS DERECHOS E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

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REFORMA DEL ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, DE 15 DE FEBRERO DE 2024

Artículo 49.
1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.

Jefatura del Estado
Boletín Oficial del Estado (BOE)
2024

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