El motivo de este escrito es transmitirle nuestra extrema preocupación y oposición ante algunos de los aspectos contemplados en el Proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal. Al igual que la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (FEAFES) reclamamos, por inapropiado y falta de rigor, la retirada del término “peligrosidad” asociado al trastorno mental de este Proyecto de Ley Orgánica.
Como propuesta alternativa, consideramos que en su lugar puede indicarse “situación de riesgo por carecer de una atención sociosanitaria integral y adecuada” evitando la automática equiparación de la peligrosidad con el trastorno mental.
Además de esta reivindicación, creemos que la aplicación como medida de seguridad de los internamientos en centros psiquiátricos prorrogable por un plazo ilimitado de tiempo para personas consideradas inimputables y la libertad vigilada de las personas con trastorno mental en previsión de actos que ni siquiera han cometido, son iniciativas absolutamente discriminatorias y estigmatizantes que vulneran directamente sus derechos y que se contradicen con la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de obligado cumplimiento en España, como país firmante de la misma.
Apelamos a su responsabilidad política y a su comprensión para que, lejos de promover que las personas con trastorno mental queden sin más remedio atendidas por un régimen penitenciario que ni de lejos está preparado para hacerlo, como bien debe de ser, lo estén en un entorno de atención sociosanitaria con todas las garantías de recibir un tratamiento integral y adecuado enfocado a su recuperación e inclusión social.
Como complemento a nuestra reclamación, adjuntamos un documento con enmiendas al Proyecto de Ley y una propuesta de medidas terapéuticas con las que se podría garantizar esa atención adecuada elaborados ambos por la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental, entidad con una base social formada por más de 45.000 personas y 290 entidades distribuidas por todo el Estado.
Esperamos que tenga en cuenta nuestra petición y que colabore en la erradicación del estigma y la discriminación de las personas con trastorno mental, motivada enormemente por la desinformación y el miedo a lo desconocido esto es, al trastorno mental, por parte de la sociedad.
Consideramos que el Ministerio de Justicia es, precisamente, el organismo más legitimado y apropiado para garantizar los derechos de la ciudadanía. Rogándole que no se olvide de que las personas con trastorno mental también son ciudadanos de pleno derecho, como cualquier otra persona, independientemente de su diagnóstico, me despido atentamente
[post_title] => Carta abierta al Ministro Gallardón en relación a la reforma del Código Penal
[post_excerpt] => A continuación se reproduce la carta abierta que se le ha hecho llegar al Ministro de Justicia en la que se le pide que de marcha atrás en la reforma del Código Penal, en el que si incluye, entre otras modificaciones la relación directa entre el término 'peligrosidad' y las personas con enfermedad mental.
[post_status] => publish
[comment_status] => closed
[ping_status] => open
[post_password] =>
[post_name] => asociaciones-personas-enfermedad-mental-familiares-contra-reforma-codigo-penal
[to_ping] =>
[pinged] =>
[post_modified] => 2019-12-04 11:46:39
[post_modified_gmt] => 2019-12-04 11:46:39
[post_content_filtered] =>
[post_parent] => 0
[guid] => https://consaludmental.org/?p=17766
[menu_order] => 0
[post_type] => post
[post_mime_type] =>
[comment_count] => 0
[filter] => raw
)
Carta abierta al Ministro Gallardón en relación a la reforma del Código Penal
25/10/2013
A continuación se reproduce la carta abierta que se le ha hecho llegar al Ministro de Justicia en la que se le pide que de marcha atrás en la reforma del Código Penal, en el que si incluye, entre otras modificaciones la relación directa entre el término 'peligrosidad' y las personas con enfermedad mental.
Sr. Ministro de Justicia;
El motivo de este escrito es transmitirle nuestra extrema preocupación y oposición ante algunos de los aspectos contemplados en el Proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal. Al igual que la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (FEAFES) reclamamos, por inapropiado y falta de rigor, la retirada del término “peligrosidad” asociado al trastorno mental de este Proyecto de Ley Orgánica.
Como propuesta alternativa, consideramos que en su lugar puede indicarse “situación de riesgo por carecer de una atención sociosanitaria integral y adecuada” evitando la automática equiparación de la peligrosidad con el trastorno mental.
Además de esta reivindicación, creemos que la aplicación como medida de seguridad de los internamientos en centros psiquiátricos prorrogable por un plazo ilimitado de tiempo para personas consideradas inimputables y la libertad vigilada de las personas con trastorno mental en previsión de actos que ni siquiera han cometido, son iniciativas absolutamente discriminatorias y estigmatizantes que vulneran directamente sus derechos y que se contradicen con la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de obligado cumplimiento en España, como país firmante de la misma.
Apelamos a su responsabilidad política y a su comprensión para que, lejos de promover que las personas con trastorno mental queden sin más remedio atendidas por un régimen penitenciario que ni de lejos está preparado para hacerlo, como bien debe de ser, lo estén en un entorno de atención sociosanitaria con todas las garantías de recibir un tratamiento integral y adecuado enfocado a su recuperación e inclusión social.
Como complemento a nuestra reclamación, adjuntamos un documento con enmiendas al Proyecto de Ley y una propuesta de medidas terapéuticas con las que se podría garantizar esa atención adecuada elaborados ambos por la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental, entidad con una base social formada por más de 45.000 personas y 290 entidades distribuidas por todo el Estado.
Esperamos que tenga en cuenta nuestra petición y que colabore en la erradicación del estigma y la discriminación de las personas con trastorno mental, motivada enormemente por la desinformación y el miedo a lo desconocido esto es, al trastorno mental, por parte de la sociedad.
Consideramos que el Ministerio de Justicia es, precisamente, el organismo más legitimado y apropiado para garantizar los derechos de la ciudadanía. Rogándole que no se olvide de que las personas con trastorno mental también son ciudadanos de pleno derecho, como cualquier otra persona, independientemente de su diagnóstico, me despido atentamente
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.