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El Observatorio de la Salud Mental de Andalucía (OSMA) se ha reunido con el Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu Gregorio de Tejada,  para definir y proponer medidas alternativas a la "injusta, innecesaria  e inconstitucional" reforma del  Código Penal que está elaborando el Gobierno y que condena al internamiento perpetuo de las personas con problemas de salud mental.

Para el OSMA la propuesta de reforma del Código Penal viola la Convención de la ONU de las personas con discapacidad y arrebata a las personas con enfermedad mental el derecho a la protección de su salud, a la rehabilitación social y a la reinserción social. Para el movimiento asociativo FEAFES se está ante “la reforma de los prejuicios, del estigma y del desconocimiento” Esa es la principal motivación por la que desde FEAFES, desde que se conociera el ante-proyecto de ley de Reforma del Código Penal, hoy ya proyecto, se ha abierto una lucha en defensa de los derechos fundamentales de las personas con enfermedad mental.

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El Defensor Andaluz ha manifestado su preocupación por esta reforma, que considera un retroceso en la garantía de los derechos de este colectivo al relacionar la enfermedad mental con el concepto subjetivo de “peligrosidad”. Una medida que ha calificado de error de concepto que cree que obedece más a un concepto falso de seguridad para la sociedad, por lo que ha abogado por la necesidad de legislar conforme a la realidad de este colectivo, siendo fundamental escuchar a los profesionales y asociaciones que trabajan con ellos. Ha defendido, además, la importancia de reforzar el modelo actual de atención sanitaria y social de estos pacientes, atendiendo al perfil de los usuarios, como vía para evitar su estigmatización y problemas de exclusión social.

El Defensor ha recordado que esta situación ya fue tratada en las XXVIII Jornadas de Coordinación de los Defensores del Pueblo, celebradas el año pasado, donde concluyeron en la necesidad de adaptar el ordenamiento jurídico español y de las comunidades autónomas a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Dispacapidad, que reconoce el derecho de estas personas en condiciones de igualdad y promover el respeto de su dignidad inherente. En este sentido, ha informado que trasladará su preocupación por las consecuencias de la reforma a sus homólogos autonómicos y al Defensor Estatal, en sintonía con lo que se acordó en dicha jornada.

La reforma del Código Penal que está debatiéndose en el Congreso de los Diputados supone un ataque frontal a los derechos de las personas con trastorno mental. En dos sentidos, el primero porque abre la posibilidad de que una persona pueda ser internada en la cárcel como medida de seguridad permanente a través de la figura de las condenas revisables independientemente de la gravedad del delito, y, segundo, porque relaciona la enfermedad mental con el concepto subjetivo de “peligrosidad”. Medidas como esta ayudan a mantener los prejuicios y dificultan la integración social de este colectivo

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FEAFES-Andalucía y el Observatorio de la Salud Mental proponen medidas alternativas a la reforma del Código Penal

24/03/2014

"La propuesta de reforma del Código Penal viola la convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad y condena al internamiento a perpetuidad de las personas con problemas de salud mental".

El Observatorio de la Salud Mental de Andalucía (OSMA) se ha reunido con el Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu Gregorio de Tejada,  para definir y proponer medidas alternativas a la «injusta, innecesaria  e inconstitucional» reforma del  Código Penal que está elaborando el Gobierno y que condena al internamiento perpetuo de las personas con problemas de salud mental.

Para el OSMA la propuesta de reforma del Código Penal viola la Convención de la ONU de las personas con discapacidad y arrebata a las personas con enfermedad mental el derecho a la protección de su salud, a la rehabilitación social y a la reinserción social. Para el movimiento asociativo FEAFES se está ante “la reforma de los prejuicios, del estigma y del desconocimiento” Esa es la principal motivación por la que desde FEAFES, desde que se conociera el ante-proyecto de ley de Reforma del Código Penal, hoy ya proyecto, se ha abierto una lucha en defensa de los derechos fundamentales de las personas con enfermedad mental.

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El Defensor Andaluz ha manifestado su preocupación por esta reforma, que considera un retroceso en la garantía de los derechos de este colectivo al relacionar la enfermedad mental con el concepto subjetivo de “peligrosidad”. Una medida que ha calificado de error de concepto que cree que obedece más a un concepto falso de seguridad para la sociedad, por lo que ha abogado por la necesidad de legislar conforme a la realidad de este colectivo, siendo fundamental escuchar a los profesionales y asociaciones que trabajan con ellos. Ha defendido, además, la importancia de reforzar el modelo actual de atención sanitaria y social de estos pacientes, atendiendo al perfil de los usuarios, como vía para evitar su estigmatización y problemas de exclusión social.

El Defensor ha recordado que esta situación ya fue tratada en las XXVIII Jornadas de Coordinación de los Defensores del Pueblo, celebradas el año pasado, donde concluyeron en la necesidad de adaptar el ordenamiento jurídico español y de las comunidades autónomas a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Dispacapidad, que reconoce el derecho de estas personas en condiciones de igualdad y promover el respeto de su dignidad inherente. En este sentido, ha informado que trasladará su preocupación por las consecuencias de la reforma a sus homólogos autonómicos y al Defensor Estatal, en sintonía con lo que se acordó en dicha jornada.

La reforma del Código Penal que está debatiéndose en el Congreso de los Diputados supone un ataque frontal a los derechos de las personas con trastorno mental. En dos sentidos, el primero porque abre la posibilidad de que una persona pueda ser internada en la cárcel como medida de seguridad permanente a través de la figura de las condenas revisables independientemente de la gravedad del delito, y, segundo, porque relaciona la enfermedad mental con el concepto subjetivo de “peligrosidad”. Medidas como esta ayudan a mantener los prejuicios y dificultan la integración social de este colectivo