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FEAFES, en coordinación con la federación catalana FECAFAMM, apoyándose en el criterio de que la ciudadana protagonista del reportaje emitido por Antena 3 con el título “Ingresa en un psiquiátrico la joven que atemorizó a todo un edificio en Barcelona” estaba afincada en territorio catalán, ha remitido una carta a Susanna Griso, directora del programa “Espejo Público” para mostrar su “más absoluta indignación”. Ambas entidades subrayaron que esta mala praxis periodística no hizo sino “vulnerar los derechos personales” de esta persona que aparecía a cara descubierta y a la que se la sometió a numerosas preguntas inquisitivas e incluso se persiguió mientras caminaba por la calle.

FEAFES y FECAFAMM recordaron a “Espejo Público” el daño que provocan este tipo de emisiones donde se ofrece una imagen negativa y perpetuadora del estigma y la discriminación hacia las personas con enfermedad mental y sus familias. Explicaron igualmente que es necesario abordar la salud mental desde una perspectiva más amplia como “la falta de una atención adecuada con la necesaria coordinación de los servicios sociales y sanitarios que garanticen tratamientos continuos en el entorno comunitario de cada persona con enfermedad mental y atendidos en el seno de equipos multidisciplinares con la participación de los propios afectados”. Además, recordaron al programa que presentar las necesidades del colectivo desde una óptica correcta “favorece la aceptación de la enfermedad como parte de la sociedad tanto por parte de las personas diagnosticadas como por los propios ciudadanos”.

De forma paralela a esta acción, la Confederación FEAFES remitió un requerimiento al director de Contenidos de Antena 3 solicitando que los videos fueran retirados de la página web de la cadena y se ofreciera una rectificación en el programa “Espejo Público” para “proteger y promover el respeto que merecen los derechos de las personas con enfermedad mental”.

En este requerimiento la Confederación recordó a Antena 3 que los reportajes difundidos atentaban contra los principios fundamentales de nuestro ordenamiento recogidos en la Constitución Española y la Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad de las Personas con Discapacidad. Según FEAFES, a lo largo de los reportajes se constatan continuas referencias a los datos clínicos de su protagonista, lo cual supone un incumplimiento directo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

Además, en su escrito, FEAFES recuerda la necesidad de respetar la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discpacidad, ratificada por España en 2007 y la Ley General de la Comunicación Audiovisual cuando establece que los prestadores del servicio “procurarán ofrecer en sus emisiones una imagen ajustada, normalizada, respetuosa e inclusiva de las personas con discapacidad, evitando difundir percepciones estereotipadas, sesgadas o producto de los prejuicios sociales que pudieran subsistir”.

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FEAFES exige a Antena 3 la retirada de un video que atenta contra la intimidad de una persona

28/01/2011

El pasado 13 de enero el programa de Antena 3 “Espejo Público” cometió un flagrante ataque contra el derecho a la intimidad y a la propia imagen de una persona emitiendo un reportaje en el que se abordaba la situación de esta ciudadana con, en apariencia, algún tipo de problema de salud mental. Ante esta mala praxis periodística en la que la falta de ética era la nota más sonada, la Confederación FEAFES decidió emprender acciones.

FEAFES, en coordinación con la federación catalana FECAFAMM, apoyándose en el criterio de que la ciudadana protagonista del reportaje emitido por Antena 3 con el título “Ingresa en un psiquiátrico la joven que atemorizó a todo un edificio en Barcelona” estaba afincada en territorio catalán, ha remitido una carta a Susanna Griso, directora del programa “Espejo Público” para mostrar su “más absoluta indignación”. Ambas entidades subrayaron que esta mala praxis periodística no hizo sino “vulnerar los derechos personales” de esta persona que aparecía a cara descubierta y a la que se la sometió a numerosas preguntas inquisitivas e incluso se persiguió mientras caminaba por la calle.

FEAFES y FECAFAMM recordaron a “Espejo Público” el daño que provocan este tipo de emisiones donde se ofrece una imagen negativa y perpetuadora del estigma y la discriminación hacia las personas con enfermedad mental y sus familias. Explicaron igualmente que es necesario abordar la salud mental desde una perspectiva más amplia como “la falta de una atención adecuada con la necesaria coordinación de los servicios sociales y sanitarios que garanticen tratamientos continuos en el entorno comunitario de cada persona con enfermedad mental y atendidos en el seno de equipos multidisciplinares con la participación de los propios afectados”. Además, recordaron al programa que presentar las necesidades del colectivo desde una óptica correcta “favorece la aceptación de la enfermedad como parte de la sociedad tanto por parte de las personas diagnosticadas como por los propios ciudadanos”.

De forma paralela a esta acción, la Confederación FEAFES remitió un requerimiento al director de Contenidos de Antena 3 solicitando que los videos fueran retirados de la página web de la cadena y se ofreciera una rectificación en el programa “Espejo Público” para “proteger y promover el respeto que merecen los derechos de las personas con enfermedad mental”.

En este requerimiento la Confederación recordó a Antena 3 que los reportajes difundidos atentaban contra los principios fundamentales de nuestro ordenamiento recogidos en la Constitución Española y la Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad de las Personas con Discapacidad. Según FEAFES, a lo largo de los reportajes se constatan continuas referencias a los datos clínicos de su protagonista, lo cual supone un incumplimiento directo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

Además, en su escrito, FEAFES recuerda la necesidad de respetar la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discpacidad, ratificada por España en 2007 y la Ley General de la Comunicación Audiovisual cuando establece que los prestadores del servicio “procurarán ofrecer en sus emisiones una imagen ajustada, normalizada, respetuosa e inclusiva de las personas con discapacidad, evitando difundir percepciones estereotipadas, sesgadas o producto de los prejuicios sociales que pudieran subsistir”.